
AYUDAS A LA CONTRATACIÓN 2020
http://www.irun.org/cod/subvenciones/beca.asp?idioma=1&clave=999
Publicadas las ayudas a la contratación del Ayuntamiento de Irún del año 2020 cuyo objeto es facilitar a las empresas radicadas en Irún la contratación de personas desempleadas empadronadas en Irún e inscritas como demandantes de empleo en Lanbide – Servicio Vasco de Empleo durante el año 2020.
IMPORTE DE LA SUBVENCION
Hasta el 75% de los costes salariales y de seguridad social de las personas contratadas,
– 3.000 euros por cada contrato de trabajo a jornada completa de 3 meses de duración.
– 6.000 euros cuando se trate de contratos a jornada completa de duración igual o superior a 6 meses.
En el caso de colectivos específicos detallados en la convocatoria:
Hasta el 100% de los costes salariales y de seguridad social de las personas contratadas, con el límite de 9.000 euros por cada contrato de trabajo a jornada completa de duración igual o superior a 6 meses.
REQUISITOS DE LAS EMPRESAS BENEFICIARIAS
– Centro de trabajo en Irún.
– Estar al corriente en sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
– Cumplir la normativa vigente en materia laboral y de prevención de riesgos laborales
– Facilitar a la persona contratada el material y vestuario necesario para desarrollar su tarea.
No podrán obtener la condición de beneficiario quienes concurran en alguna de las circunstancias establecidas en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (ver detalle en la convocatoria).
REQUISITOS DE LAS PERSONAS CONTRATADAS
– Estar empadronado/a en la localidad a la fecha de la publicación de esta convocatoria. El Ayuntamiento de Irún lo comprobará de oficio.
– Figurar como desempleado/a y estar inscrito/a como demandante de empleo en Lanbide-Servicio Vasco de Empleo.
– No tener relación de parentesco con el cónyuge, descendiente y demás parientes que tengan relación de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive, con la persona empresaria o con quienes tengan el control empresarial, ostenten cargos de dirección o, en su caso, sean miembros del Consejo de Administración de la empresa contratante.
REQUISITOS DEL CONTRATO
– Podrá formalizarse bajo cualquier modalidad de contratación laboral, a excepción del contrato para la formación y el aprendizaje.
– Los contratos tendrán una duración de 3 (TRES) o 6 (SEIS) meses, y en ambos casos a jornada completa.
– La extinción de los contratos de trabajo con anterioridad al periodo de duración mínimo exigido o subvencionado en cada caso, supondrá el reintegro de la subvención concedida, salvo que tal extinción sea debida a causas ajenas a la voluntad de la entidad contratante, en cuyo caso se reducirá el importe de la subvención en proporción a la duración efectiva del contrato de trabajo.
– Cuando por aplicación del periodo de prueba o por circunstancias ajenas a la voluntad de la entidad contratante se extinga el contrato que dio lugar a la subvención, la entidad beneficiaria podrá optar entre renunciar a la parte proporcional de la subvención concedida o contratar a otra persona en sustitución de la anterior hasta completar la duración del contrato inicialmente subvencionado, siempre que se cumplan los requisitos establecidos en las bases y en la resolución de concesión y no medie más de un mes entre la finalización y el inicio de los respectivos contratos.
– Los contratos deberán iniciarse entre el 01 de enero de 2020 y el 31 de diciembre de 2020, y el periodo subvencionable finalizará el 30 de junio de 2021, sin perjuicio de su duración más allá de dicha fecha.
Inicio Fecha de Solicitud: 30-12-2020
Fin Fecha de Solicitud: 05-02-2021